La polémica por la sentencia a las jóvenes implicadas en la privación de libertad, tortura y homicidio de la menor Leyla, en Sonoyta en septiembre pasado, ha generado cuestionamientos sobre la duración de la pena.
Sin embargo, el presidente del Supremo Tribunal de Justicia de Sonora, Rafael Acuña Griego, aclaró que la ley establece límites claros para los adolescentes imputados.
“El niño, adolescente, pertenece a un segundo grupo etario, entre 14 y 16 años; es decir, tiene 14 años y medio. No se les puede imponer una pena mayor a tres años”, explicó, haciendo referencia a la Ley de Justicia para Adolescentes, que regula estrictamente las sanciones según la edad de los infractores.
El magistrado detalló que la pena aplicada, poco más de dos años, corresponde a un acuerdo presentado en un juicio abreviado, en el que participaron el Ministerio Público, el imputado y la víctima.
“El juez únicamente validó el proyecto presentado por las partes”, subrayó.
La explicación busca disipar dudas sobre la percepción de impunidad y recalcar que, aunque los hechos fueron graves, el marco legal establece restricciones de manera explícita para adolescentes.
“Se trata de un límite legal, no de una decisión discrecional del tribunal”, señaló Acuña Griego.
Este caso reabre el debate sobre la justicia para menores y la necesidad de mecanismos que combinen sanción y rehabilitación, respetando los derechos de los adolescentes sin perder de vista la gravedad del delito.
La comunidad de Sonoyta y los familiares de Leyla continúan demandando atención y medidas que prevengan futuros actos de violencia hacia menores, mientras el sistema judicial sigue recordando los alcances y límites de la legislación vigente.
