A 17 años del incendio en la Guardería ABC de Hermosillo, Sonora, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que los cargos derivados de actos y omisiones relacionados con la tragedia no estarán sujetos a prescripción, abriendo la posibilidad de continuar con investigaciones y procesos penales vinculados al caso.
La resolución representa un giro relevante en uno de los casos más sensibles en la historia reciente del país, al establecer que el transcurso del tiempo no podrá impedir que se investiguen, persigan y sancionen posibles responsabilidades derivadas de hechos que vulneraron gravemente los derechos de la infancia.
El incendio ocurrió el 5 de junio de 2009 en una estancia infantil subrogada por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), dejando un saldo de 49 niñas y niños fallecidos y más de un centenar de menores lesionados.
El criterio avalado por el máximo tribunal del país sostiene que las conductas atribuibles por acción u omisión, cuando impliquen una afectación grave a derechos humanos de menores de edad, pueden ser sujetas de persecución penal sin que opere la figura de la prescripción.
La discusión del asunto se dio en el contexto del análisis de un amparo promovido por Sergio Antonio Salazar Salazar, exdirector de Prestaciones Económicas y Sociales del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), quien presentó un juicio de amparo tras haber sido vinculado a proceso en 2020 por su presunta participación en delitos de homicidio y lesiones culposas, en modalidad de comisión por omisión en este caso.
Salazar presentó un amparo en el que alegó que los delitos de los que se le acusa ya habían prescrito. Sin embargo, el máximo tribunal del país determinó que no vence la posibilidad de que se pueda investigar penalmente a los presuntos responsables, dada la gravedad y las circunstancias que se registraron en esta tragedia.
El proyecto del amparo en revisión 648/2024, bajo la ponencia de la ministra Loretta Ortiz Ahlf, detalla que una acción penal “imprescindible” significa que el paso del tiempo no impide que el Estado investigue un hecho delictuoso a fin de esclarecer lo ocurrido, evitar la impunidad y asegurar la reparación integral de las víctimas.
En su ponencia, resaltó que el Máximo Tribunal en otra integración resolvió la Facultad de Investigación 1/2009 en la que determinó que los hechos acontecidos en el caso de la Guardería ABC constituyeron violaciones graves a las entonces denominadas “garantías individuales”.
Por ello, Ortiz Ahlf consideró aplicable el último párrafo del artículo 106 de la Ley General de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes que prohíbe declarar la prescripción en perjuicio de infancias, como una medida jurídica relacionada con la situación de vulnerabilidad en que se encontraban los infantes al momento de los hechos.
Con esta determinación, el expediente deberá regresar a instancias inferiores para que emitan nuevas resoluciones conforme al criterio establecido por la Corte, lo que podría abrir la puerta a continuar procedimientos y revisar responsabilidades que anteriormente se consideraban agotadas por plazos legales.
Desde el incendio, familiares de las víctimas han mantenido una exigencia constante de verdad, justicia y reparación integral, al sostener que aún existen responsabilidades pendientes de esclarecer.
El caso Guardería ABC se mantiene como uno de los episodios que marcó el debate nacional sobre la supervisión de estancias infantiles, la responsabilidad institucional y el acceso a la justicia para las víctimas.
