Inicio » SAT asegura que no existe acoso a empresas de EU y destaca cambios en fiscalización

SAT asegura que no existe acoso a empresas de EU y destaca cambios en fiscalización

por Staff Sergio Valle

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público de México (SHCP) emitió un comunicado para dar respuesta del Servicio de Administración Tributaria (SAT) a las acusaciones de empresas estadounidenses que denunciaron presuntas prácticas de fiscalización excesivas o arbitrarias.

El SAT niega que exista un cambio retroactivo de criterios y presenta una serie de medidas como evidencia de que la autoridad ha hecho más predecible y eficiente la fiscalización.

Rechazó los señalamientos sobre presuntas prácticas de “acoso” a empresas de Estados Unidos y aseguró que durante 2026 ha implementado una reingeniería de sus procesos de fiscalización para brindar mayor certeza jurídica y confianza a los contribuyentes.

En respuesta a la nota titulada “Denuncian empresas de EU acoso del SAT”, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) señaló que las medidas adoptadas a partir de diversos comunicados y acuerdos emitidos desde octubre de 2025 se han traducido en cambios en la manera de realizar las auditorías.

Entre los resultados, destacó que actualmente se realiza una sola auditoría por contribuyente y se solicita una muestra de las partidas sujetas a revisión, en lugar de requerir el 100 por ciento de la información.

Asimismo, aseguró que durante 2026 no se han abierto nuevas auditorías a contribuyentes que ya tienen algún proceso de revisión en curso, con el propósito de evitar procedimientos simultáneos.

El SAT también afirmó que la fiscalización se ha concentrado en actividades consideradas de alto riesgo, particularmente aquellas relacionadas con empresas conocidas coloquialmente como “factureras” o “nomineras”.

La autoridad tributaria agregó que ha fortalecido la comunicación con contribuyentes, embajadas, cámaras y asociaciones empresariales para atender sus planteamientos y dar seguimiento a cada caso hasta su conclusión.

Otro de los cambios señalados es la reducción en los tiempos de resolución de las devoluciones, que pasaron de un plazo de hasta 40 días previsto en la legislación a menos de 30 días para los casos procedentes, lo que representa una disminución de alrededor de 25 por ciento.

La dependencia aseguró además que existe uniformidad en los criterios de revisión y que estos no se aplican de manera retroactiva, particularmente en asuntos relacionados con el Impuesto al Valor Agregado (IVA), el Impuesto Sobre la Renta (ISR), devoluciones y deducciones.

También destacó el impulso a las correcciones tempranas como alternativa a la determinación de créditos fiscales.

Responde SAT a seis señalamientos

Respecto a la carta presentada por el National Foreign Trade Council (NFTC), organismo que representa a empresas multinacionales de Estados Unidos, el SAT respondió a seis puntos relacionados con la fiscalización y el cumplimiento de obligaciones tributarias en México.

Sobre la presunta reinterpretación retroactiva del IVA y el rechazo de acreditamientos, la autoridad sostuvo que las revisiones tienen como objetivo determinar la procedencia del acreditamiento y afirmó que no se aplican interpretaciones retroactivas. Añadió que respeta las resoluciones emitidas por los órganos jurisdiccionales.

En cuanto al rechazo de deducciones del ISR por pagos a partes relacionadas, el SAT aseguró que respeta los compromisos internacionales establecidos en los Tratados para Evitar la Doble Tributación.

Explicó que estos instrumentos contemplan mecanismos de conciliación entre autoridades de distintos países, los cuales han permitido alcanzar acuerdos para reducir riesgos de doble tributación en materia de precios de transferencia.

Sobre el señalamiento de que las empresas deben “pagar para poder impugnar”, Hacienda recordó que el 9 de abril de 2026 se publicó una reforma al artículo 141 del Código Fiscal de la Federación.

De acuerdo con la dependencia, dicha modificación eliminó la obligación de garantizar los créditos fiscales mediante billete de depósito como primera y principal opción, con el objetivo de evitar afectaciones a la liquidez de las empresas que recurran a medios de defensa. Las empresas, añadió, pueden elegir entre las opciones de garantía previstas en la legislación.

Respecto al artículo 30-B del Código Fiscal de la Federación y el denominado “kill switch”, el SAT sostuvo que es la autoridad competente para realizar acciones de fiscalización en tiempo real, siempre bajo las disposiciones relativas al secreto fiscal y los derechos de los contribuyentes.

Precisó que el artículo establece un mecanismo para revisar información sin que ello implique un acto de molestia adicional para los contribuyentes.

En materia de Acuerdos Anticipados de Precios (APAs), la autoridad señaló que estos mecanismos son relevantes para brindar certeza a las empresas sobre sus operaciones de precios de transferencia.

Por ello, afirmó que ha fortalecido el procedimiento para emitir resoluciones mediante contacto directo con las empresas y trabajo conjunto con la autoridad competente de Estados Unidos, con el objetivo de reducir el inventario de casos pendientes.

Finalmente, sobre las retenciones fiscales aplicadas mediante marketplaces, el SAT explicó que estas medidas fueron incorporadas ante el crecimiento del comercio electrónico y con el objetivo de combatir la evasión fiscal.

La autoridad sostuvo que no se trata de un cambio de criterio, sino de acciones orientadas a garantizar el pago correcto de impuestos y fortalecer los mecanismos de control fiscal.

Con estas medidas, la SHCP y el SAT buscan subrayar que la estrategia de fiscalización actual está enfocada en elevar la eficiencia de las revisiones, reducir cargas innecesarias para los contribuyentes y concentrar los esfuerzos de la autoridad en operaciones y sectores considerados de mayor riesgo.

Deja un comentario