La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) destacó que la reciente reforma a la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares, del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas y de la Ley General de Población es fruto de la colaboración entre familiares, colectivos, organizaciones civiles y autoridades.
En un comunicado, la CNDH afirmó: “Esta reforma nace del trabajo en conjunto y refuerza el papel de la Comisión Nacional de Búsqueda (CNB) como instancia coordinadora de las acciones de búsqueda en todo el país. Y representa un paso importante hacia el fortalecimiento de las acciones de búsqueda y localización, y es, sobre todo, reflejo del trabajo conjunto, persistente y comprometido”.
La CNDH subrayó que el diálogo con las familias, quienes han compartido sus experiencias y señalado vacíos en los procesos de búsqueda, fue clave para esta reforma.
Entre los principales cambios destacan:
CURP Biométrica y Plataforma Única de Identidad: La Clave Única de Registro de Población (CURP) ahora será un documento obligatorio, físico y digital, con fotografía y huellas dactilares, para agilizar búsquedas y alertas en casos de desaparición.
La Plataforma Única de Identidad, conectada con el RENAPO, el Banco Nacional de Datos Forenses y otros registros, permitirá búsquedas en tiempo real mediante la CURP.
Base Nacional de Carpetas de Investigación: Se crea una base que recopilará información clave, como el número de carpeta, nombre legal/social, CURP, lugar y fecha de desaparición, presunto responsable y acciones de búsqueda.
Toda autoridad que reciba un reporte de desaparición deberá registrarlo de inmediato en esta base y en el RENAPO, proporcionando el número de carpeta a los familiares.
Identificación Forense: Los servicios periciales deberán realizar pruebas genéticas y dactiloscópicas de oficio en cuerpos o restos no identificados antes de inhumaciones, cargando los resultados al Banco Nacional de Datos Forenses en un máximo de 72 horas hábiles, extensible a 144 horas según el caso.
Fortalecimiento Institucional y Participación de Víctimas: Se refuerzan las fiscalías especializadas, se precisan responsabilidades de autoridades y se mejora la coordinación interinstitucional.
Además, se reconoce la participación de familias, incluyendo el concepto de “familia social” y “nombre social”, y se establecen protocolos para su protección.
Sanciones: Se imponen multas y sanciones a autoridades que no actúen de inmediato ante reportes de desaparición o incumplan con la integración de datos biométricos en la CURP.
La CNDH enfatizó que el éxito de estas reformas dependerá de una coordinación continua entre autoridades de todos los niveles y una clara definición de responsabilidades para garantizar la búsqueda efectiva de personas desaparecidas.