Artículo 19 México y Centroamérica, la organización independiente y apartidista que promueve y defiende el avance progresivo de los derechos de libertad de expresión y acceso a la información de todas las personas, expresó su preocupación por el uso del espacio denominado “Derecho de Réplica”, encabezado por la titular de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal (CJEF), Luisa María Alcalde Luján, al considerar que se ha convertido en un mecanismo para monitorear, clasificar y calificar a quienes participan en la conversación pública.
La organización señaló que el pasado 12 de agosto la funcionaria presentó un análisis sobre una supuesta “red de amplificación digital”, en el que incluyó a periodistas, comentaristas, analistas políticos, opositores al gobierno y presuntas cuentas anónimas en redes sociales.
De acuerdo con Artículo 19, durante la presentación se afirmó que esta supuesta red estaría “bien coordinada” y se dividió en distintas capas, entre ellas medios y analistas políticos, personajes políticos, cuentas de ataque, cuentas anónimas, trolls y bots. Sin embargo, la organización cuestionó que no se haya explicado la metodología técnica ni los criterios utilizados para establecer dichas clasificaciones.
El espacio “Derecho de Réplica” comenzó transmisiones en junio de 2026 y, de acuerdo con la propia Consejería Jurídica, fue creado para presentar información oficial que contradiga noticias falsas y campañas de desinformación difundidas en medios de comunicación y redes sociales. Alcalde ha señalado que el programa busca identificar cómo se articulan las redes de noticias falsas y abordar información de interés público.
Sin embargo, Artículo 19 advirtió que el Estado mexicano no debe asumir funciones de monitoreo y calificación de la conversación pública, particularmente cuando se utilizan recursos públicos para identificar y señalar a personas que ejercen su derecho a expresarse.
La organización sostuvo que combatir la desinformación no debe realizarse mediante censura o prohibiciones ambiguas, sino a través de mecanismos como la transparencia, el acceso a información plural y el fortalecimiento del debate público.
Artículo 19 también consideró que la utilización de espacios oficiales para exhibir o clasificar a periodistas, analistas y ciudadanos puede generar un efecto inhibidor sobre la libertad de expresión, debido a la diferencia de poder existente entre el Estado y las personas que participan en el debate público.
La organización recordó que la libertad de expresión comprende tanto una dimensión individual como una colectiva, y sostuvo que corresponde al Estado garantizar las condiciones para que exista una discusión pública plural, en lugar de determinar desde las instituciones gubernamentales qué opiniones o contenidos son legítimos.
La controversia ocurre en medio de un debate nacional sobre el derecho de réplica y la regulación de la información. El Gobierno federal defiende su espacio como una herramienta para responder a información que considera falsa, mientras organizaciones defensoras de la libertad de expresión han cuestionado que una institución pública adopte funciones de vigilancia y calificación de contenidos difundidos en redes sociales.
Artículo 19 concluyó que el Estado debe abstenerse de utilizar sus recursos para monitorear, estigmatizar o desacreditar a quienes participan en la conversación pública y, en cambio, garantizar el ejercicio pleno de la libertad de expresión y el acceso a información plural.