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FGJE notifica a Congreso terna para elegir a Fiscal Electoral

por Staff Sergio Valle

La Fiscal de Justicia del Estado, Claudia Indira Contreras, notificó al Congreso local sobre el nombramiento de Daniel Núñez Santos, como nuevo fiscal especializado en materia de Delitos Electorales.

Establece que, en la hipótesis de que el Poder Legislativo objete el nombramiento señalado por el voto de las dos terceras partes, como lo establece la Constitución, con fundamento en el Artículo 97, párrafo tercero de la misma norma, designa a la ciudadana Alma Lorena Alonso Valdivia como Fiscal Especializada en materia de Delitos Electorales, y si este nombramiento vuelve a ser objetado, designa al ciudadano Gabriel Elías Urquídes.

“Debe precisarse que en el caso de que el nombramiento referido en el primer párrafo de este escrito no sea objetado por este H. Congreso del Estado y, consecuentemente, el mismo adquiera firmeza para todos los efectos constitucionales y legales, no deben tomarse en cuenta ni tenerse por hechos los nombramientos referidos en los párrafos tercero y cuarto del presente escrito”, establece la Fiscal con relación al nombramiento de Daniel Núñez Santos.

El oficio fue presentado el jueves 16 de julio en la Oficialía de Partes y está dirigido al presidente de la mesa directiva de la Diputación Permanente, Francisco Javier Duarte Flores, quien durante la sesión ordinaria de hoy recibió en correspondencia otro escrito enviado el pasado 13 de julio por la titular de la FGJE, en el que hace del conocimiento del Poder Legislativo que el 9 del presente tomó la determinación de remover al ciudadano Pedro Pablo Chirinos Benítez de su cargo como Fiscal Especializado en materia de Delitos Electorales.

Este documento se turnó a la Comisión de Régimen Interno y Concertación Política, CRICP, a donde también se envió una iniciativa con punto de Acuerdo presentada en la sesión de este día por la diputada Ernestina Castro, mediante la cual solicitó que la Diputación Permanente convoque a una sesión extraordinaria del Pleno y que se incluya en el orden del día la presencia del ciudadano Pedro Pablo Chirinos Benítez, a efecto de garantizar su derecho de audiencia en relación a la remoción de su cargo como Fiscal Especializado en materia de Delitos Electorales.

La legisladora planteó ante los diputados Francisco Javier Duarte Flores, Lázaro Espinoza Mendívil y Carlos Navarrete Aguirre, integrantes de la mesa directiva, que el Congreso del Estado tiene la facultad de objetar la remoción del titular de dicha Fiscalía, por lo que es necesario que la mesa directiva convoque a una sesión extraordinaria.

Agregó que la objeción debe realizarse en un término de diez días hábiles, de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo Cuarto Transitorio de la Ley 102 que reformó la Constitución local, publicada el 13 de enero de 2017 en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado y el Artículo 97 de la misma norma jurídica, por lo que deben escuchar los argumentos que considere convenientes expresar el ciudadano Chirinos Benítez y el Congreso fijar su postura respecto a si ha de ejercer o no la objeción de la remoción.

Como el asunto no fue considerado de urgente y obvia resolución, la Presidencia lo turnó a la CRICP.

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