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Regulan la eutanasia para animales en la Ciudad de México

por Staff Sergio Valle

Con información de Aristegui Noticias

La ley que protege a los animales en la ciudad ahora integra el concepto de bienestar animal y regula las pensiones y centros de adiestramiento, la aplicación de eutanasia y los recorridos policiales para rescate de animales, además de agregar motivos de crueldad y maltrato.

Se trata de 176 modificaciones, adiciones o derogaciones de artículos, fracciones o incisos de a la ley, mismos que entran en vigor hoy.

Así, la Ley de Protección a los Animales de la Ciudad de México cambia a Ley de Protección y Bienestar de los Animales de la Ciudad de México.

En el Artículo 1 se agrega el concepto “seres sintientes”, con el cual se reconoce que los animales tienen la capacidad de sentir una variedad de emociones y sentimientos, como placer, dolor, alegría y miedo.

En el Artículo 3 se incorporaron los conceptos de “tutores responsables” y “animal de compañía”, con los cuales se eliminan los de “dueños” y “mascotas”.

En otra modificación, se agregó la Fracción VI Bis 2 al Artículo 4, en donde se define “animal de compañía” como aquel que convive con los seres humanos, vive bajo sus cuidados, preferentemente establece una relación afectiva en la que ambos resultan beneficiados, sin interés lucrativo o utilitario, y que debido a la naturaleza de su especie no representa un riesgo para los seres humanos u otros animales.

La Fracción XVIII del Artículo 4 también se modificó para definir el bienestar animal como el estado físico y mental en que el animal vive, es manejado y muere.

También en diferentes fracciones del Artículo 4 se agregan definiciones de centros de atención canina y felina, centros de atención animal, asistencia y zoonosis, clínicas veterinarias en alcaldías, escuela de adiestramiento, paseador de perros y prestadores de servicios.

En la ley también se adicionan las fracciones VI Bis y VII Bis al Artículo 9, con lo cual se faculta a la Secretaría del Medio Ambiente (Sedema) a crear normas para evaluar el bienestar animal y a crear y operar un padrón de prestadores de servicios, establecimientos mercantiles y escuelas de adiestramiento.

La creación del Artículo 10 Bis otorgó la facultad a la Secretaría de Seguridad Ciudadana para realizar operativos en escuelas de adiestramiento o lugares que brinden servicio de pensión para animales.

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